Expertas y dirigente de la CUT analizan conflicto entre Uber y Dirección del Trabajo

Al parecer no era marxismo. ¡Uber debe cumplir la ley! A raíz de la sentencia de la Corte Suprema, la controversia deberá dirimirse en un tribunal ordinario.

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¿Los trabajadores de Uber tienen subordinación y dependencia? Esta es la pregunta que tiene en conflicto a la compañía de transporte menor y a la Dirección del Trabajo, a raíz del dictamen 1831/39 de este organismo y que fue impugnado por la Corte Suprema.

En los medios de comunicación se ha ventilado la defensa de Uber, que acusó a la Dirección del Trabajo de fundamentar su dictamen en una “teoría marxista”, específicamente, en un artículo del doctor en sociología Alessandro Gandini. Él es profesor asociado de la Universidad de Milán, especialista en la investigación de las culturas digitales y el futuro del trabajo. 

La sentencia de la Corte Suprema se dio a conocer el miércoles 24 de este mes, en que rechaza el recurso de protección de Uber y establece que el conflicto entre la empresa y la DT debe ser conocido por un tribunal ordinario. Sin embargo, la resolución judicial es explícita en decir que la dictación de un dictamen está dentro de las competencias del servicio, “al margen de que se pueda discrepar sobre su contenido”. 

Al respecto, el director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, señaló que “tomamos esta sentencia como un reconocimiento a la postura que siempre sostuvimos como institución en torno a la defensa de nuestras facultades interpretativas y, en ese sentido, vemos en este fallo una confirmación de la tesis histórica de la Corte Suprema en torno a las facultades que tiene la Dirección del Trabajo en el ámbito de la legislación laboral”. 

Desde Uber aseguraron que no emitieron un nuevo comunicado. Antes de que la Corte Suprema se pronunciara, la empresa había asegurado que “estamos convencidos de que el dictamen interpretativo emitido por la Dirección del Trabajo es incompatible con la Ley 21.431, ya que es contrario a su naturaleza y pone en duda las certezas que entrega a quienes prestan servicios y a las plataformas”. Consultados en la DT sobre este mismo tema, declinaron dar una versión, dado que el conflicto está judicializado.

La abogada laboralista Paulina Alvarado, académica de la Universidad de Magallanes, sostuvo que cualquier fuente del derecho puede estar fundada en diversas herramientas, “entre las que se cuentan las doctrinarias, que no están acotadas a autores específicos. Son, más bien, amplias. El dictamen de la DT respecto de los criterios vinculados a la subordinación y dependencia, lo que hace es enriquecerse a partir de fuentes doctrinarias de autores extranjeros y nacionales”. Añadió que el derecho del trabajo “está trazado por otras disciplinas como la economía y, también, por la ideología, para efecto de obtener una interpretación que sea a favor del trabajador”.

En tanto, la socia de la oficina Cariola Díez Pérez-Cotapos, Ignacia López, señaló que “el dictamen de la DT agregó indicios de laboralidad que no están en la ley. Desde ese punto de vista, es cuestionable que el dictamen, más que interpretar, genera nuevo contenido”.

Añadió que “queda en letra muerta lo que establece la ley, en el sentido de que los trabajadores de plataformas digitales pueden ser dependientes como independientes. Esa línea que separa la naturaleza del vínculo va a estar dada por el grado de subordinación y dependencia en que se relacione la plataforma digital con el respectivo trabajador”.

A su vez, la coordinadora de Sindicatos de Trabajadoras y Trabajadores de Aplicaciones- CUT Chile, Angélica Salgado, plantea que las empresas pueden definir los términos de su defensa y estaban a la espera de lo que decidiera la justicia.

De ser favorable a los trabajadores, el dictamen influiría en más de 200 mil trabajadores de plataformas digitales, de los cuales 100 mil corresponden a Uber y Cabify (cifras de 2018). “Hay un desconocimiento de cómo funcionan las aplicaciones, porque el jefe real existe. Uno no hace un pedido sin la supravigilancia de una entidad detrás”.

A juicio de Salgado, “hay un temor de que la gente exija ser dependiente, porque eso exige una responsabilidad de la empresa de hacerse cargo de su seguro social, las vacaciones, licencias”.

Entre otros aspectos, el dictamen reconoce a estos trabajadores derechos colectivos en afiliación sindical, negociación colectiva y huelga. 

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