Dictamen de la DT por reducción a 42 horas genera reparos en el comercio

La reducción de la jornada semanal de 44 a 42 horas a partir del 26 de abril de 2026 abrió un nuevo foco de tensión entre regulación y operación empresarial, luego de que la Dirección del Trabajo fijara un criterio uniforme para aplicar la rebaja cuando no exista acuerdo entre empleador y trabajador.

La reducción de la jornada laboral en Chile entrará en una nueva etapa el 26 de abril de 2026, cuando el límite semanal bajará de 44 a 42 horas en el marco de la implementación gradual de la ley de 40 horas. En ese escenario, un dictamen emitido a fines de febrero por la Dirección del Trabajo fijó el criterio para aplicar la rebaja en ausencia de acuerdo entre empleadores y trabajadores, una definición que, según informó Emol, ya abrió cuestionamientos desde el mundo empresarial.

El pronunciamiento de la DT surgió tras una consulta formulada por dirigentes de la rama del comercio de la CUT y estableció que, como regla general, la adecuación de jornada debe realizarse de común acuerdo entre las partes, quedar por escrito y ajustarse a la normativa vigente. Sin embargo, el dictamen también precisó qué debe ocurrir cuando ese entendimiento no se alcanza.

En esos casos, la autoridad determinó una fórmula específica. Si la jornada original de 45 horas estaba distribuida en cinco días, el empleador deberá rebajar una hora en tres días de la semana para ajustarse al nuevo máximo de 42 horas. Si, en cambio, la distribución era en seis días, la empresa deberá disminuir 50 minutos en tres jornadas y descontar los 30 minutos restantes en un cuarto día de esa misma semana.

Una interpretación uniforme bajo cuestionamiento

La DT precisó además que este criterio debe entenderse como una “regla única”, sin importar cómo haya sido pactada originalmente la jornada. El mismo parámetro, agregó la autoridad, deberá utilizarse en las siguientes etapas de reducción horaria hasta alcanzar el tope definitivo de 40 horas semanales en 2028.

Ese punto es precisamente el que encendió las alertas en el sector empresarial. La presidenta de la Cámara de Comercio de Santiago, María Teresa Vial, advirtió al diario El Mercurio que la inquietud se concentra en la forma de aplicación definida para los casos sin acuerdo, ya que fija una estructura operativa uniforme que podría generar dificultades prácticas en empresas que ya habían realizado adecuaciones organizacionales desde la entrada en vigencia de la ley.

De acuerdo con la dirigenta, el problema se vuelve especialmente sensible en actividades que operan con sistemas de turnos o con jornadas continuas. En esa línea, también sostuvo que el dictamen genera una incertidumbre jurídica crítica en un contexto de 8,3% de desempleo y 26,8% de informalidad, cifras que incorporó al plantear la preocupación del sector.

Comercio advierte dudas sobre esquemas ya vigentes

En términos similares se manifestó el presidente de la Cámara Nacional de Comercio, José Pakomio, quien señaló que el nuevo dictamen introduce una interpretación “rígida” respecto de cómo debe aplicarse la rebaja cuando no existe acuerdo entre las partes. A su juicio, esto instala una interrogante relevante para empresas que ya operan con jornadas de 44 horas o menos como resultado de acuerdos previos o de la aplicación gradual de la ley.

Pakomio sostuvo que a partir de esta definición surge la duda de si esos esquemas, que actualmente funcionan y cumplen con la normativa, podrían quedar en entredicho ante la nueva interpretación administrativa. El planteamiento apunta a una preocupación concreta: que una lectura uniforme termine tensionando fórmulas que ya estaban funcionando dentro del proceso de adaptación.

El dirigente también cuestionó que, cuando la autoridad administrativa fija reglas demasiado rígidas o avanza más allá de lo que establece la ley, se genera incertidumbre jurídica y se dificulta la planificación de las empresas. Según su planteamiento, este efecto podría sentirse con mayor fuerza en sectores de operación dinámica, como comercio, servicios y turismo.

En esa discusión aparece uno de los nudos centrales de esta etapa: la reducción horaria no solo implica descontar tiempo a la jornada semanal, sino también definir con qué grado de flexibilidad puede implementarse ese ajuste en la práctica. Mientras la Dirección del Trabajo buscó despejar esa aplicación con un criterio común, los gremios empresariales advierten que la uniformidad podría no dialogar con la diversidad operativa de las organizaciones.

Así, a pocas semanas de que entre en vigencia la jornada de 42 horas, la discusión ya no se concentra únicamente en el calendario de reducción que culminará en 2028, sino en la forma concreta en que esa transición será administrada cuando no haya acuerdo entre las partes. Y es en ese punto donde el dictamen de la DT abrió una controversia que combina cumplimiento normativo, organización del trabajo y certeza jurídica.

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